TERCERA CONVOCATORIA SOLICITUD KIT DIGITAL: SEGMENTO III

¡Y AQUÍ TENEMOS LA TERCERA, Y TAN ESPERADA, CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA KIT DIGITAL!

¡Y AQUÍ TENEMOS LA TERCERA, Y TAN ESPERADA, CONVOCATORIA DE LAS AYUDAS DEL PROGRAMA KIT DIGITAL!

Desde el 20 de Octubre ya se pueden empezar los trámites para la solicitud de las ayudas del Programa Kit Digital, según publicaron en el BOE la semana pasada. Ayudas a autónomos, ayudas a pequeñas empresas o microempresas entre 0 y menos de 3 empleados: Segmento III. Creo que es la lista de espera más grande que hemos tenido hasta ahora con esto del bono digital, autónomos al poder!!

AQUÍ os dejamos publicación del BOE. Pero a modo de resumen y de manera esquemática os despejo dudas:

_ ¿Quién podrá ser beneficiario?

  • Pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, osea autónomos.
  • Número de empleados entre 0 y menos de 3.
  • Domicilio fiscal ubicado en territorio español.
  • Tener una antigüedad mínima de 6 meses.

Además…

  • No tener la consideración de empresa en crisis conforme a lo dispuesto en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014 y el Reglamento (UE) n.º 2021/1237 de la Comisión, de 23 de julio de 2021, tal y como se recoge en el Anexo II de las Bases Reguladoras.

  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

  • No estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.

  • No estar incurso en ninguna otra de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Dichas prohibiciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

  • No superar el límite de ayudas de minimis, conforme a lo dispuesto en el artículo 2.4 de las Bases Reguladoras.

_ ¿Quién NO podrá ser beneficiario?

  • Las personas físicas o jurídicas que sean Agentes Digitalizadores Adheridos, ni aquellas con las que estos contraten o subcontraten para la prestación, en todo o en parte, de soluciones de digitalización, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.

  • Las personas en situación de autoempleo que tengan la consideración de autónomos societarios o autónomos colaboradores, en los términos previstos en la normativa aplicable, conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.

  • Las uniones temporales de empresas (UTE), conforme al artículo 7.4 de las Bases Reguladoras.

  • Las personas físicas o jurídicas que hayan obtenido la condición de beneficiarias en alguna de las Convocatorias del Programa Kit Digital.

  • Las empresas de naturaleza pública y las entidades de derecho público.

  • Los Colegios profesionales, las sociedades civiles, las comunidades de bienes, las comunidades de propietarios en régimen de propiedad horizontal o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que carezca de personalidad jurídica.

_ ¿Cuál es la cuantía de la ayuda del Kit Digital?

El importe máximo para las empresas del Segmento III es de 2.000€. Os detallamos los importes de las Categorías que ofrecemos en Marta Abril Creativos:

  • Sitio Web y Presencia en Internet: Ayuda máxima de 2.000€.
  • Comercio Electrónico/ E-Commerce: Ayuda máxima de 2.000€.
  • Gestión de Redes Sociales: Ayuda máxima de 2.000€.
  • Presencia Avanzada en Internet: Ayuda máxima de 2.000€.

Si estás interesado en otras categorías, te dejamos enlace donde puedes verlas.

_ ¿Cuándo se pueden solicitar?

Se podrán solicitar las ayudas a partir del jueves 20 de octubre del 2022 en la sede electrónica de Red.es. El plazo de presentación es de 12 meses, acabando el 20 de octubre del 2023 a las 11:00 horas.

NOTA IMPORTANTE Si te dan pereza este tipo de trámites, en Marta Abril Creativos puedes delegar estas funciones nombrándonos Representante Voluntario. ¡Consúltanos!

 

_ ¿Cómo solicitar el bono Kit Digital paso a paso?

  • 1º.- Registrarte en Acelera pyme y realizar el test de autodiagnóstico para comprobar el nivel de digitalización de tu empresa.
  • 2º.- Consultar el catálogo de soluciones digitales del Kit Digital.
  • 3º.- Solicitar la ayuda del Kit Digital en la sede electrónica de Red.es completando el formulario.
  • 4º.- Elegir una o varias soluciones que mejor se adapten a tu negocio.
  • 5º.- Firmar un acuerdo de prestación de Soluciones Digitales con los Agentes Digitalizadores que implantarán la solución.

Os dejamos enlace a nuestro perfil en el listado de Agentes Digitalizadores, nos encontraréis en segundo lugar! O envíanos un mensaje por aquí.

También os dejamos un enlace AQUÍ con una guía de todo el proceso.

Espero haberos facilitado, como toca, la información al respecto.

¡¡Ahora ya toca ponernos en marcha!!

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